Una de las quejas más habituales en las juntas de comunidades de propietarios son las quejas por vecinos ruidosos, ya sea por el ruido provocado por los comercios de locales comerciales de la comunidad, o directamente por el ruido provocado por los vecinos colindantes.
Conscientes de ello, en este post te vamos a contar qué puedes hacer si tienes vecinos ruidosos, con el objetivo de que puedas volver a disfrutar de la tranquilidad en tu hogar.
Y aquí, lo primero que hay que tener en cuenta es que en los estatutos de las comunidades de propietarios más antiguas no esté regulado el horario de ruidos. En cambio, por lo general las comunidades de propietarios más recientes sí recogen un horario en el que está permitido hacer ruido.
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Normativa sobre ruidos en comunidades de propietarios
Para saber qué hacer ante vecinos ruidosos, primero hay que conocer qué dice la normativa sobre ruidos en comunidades de propietarios:
- Artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal:
“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o lícitas.”
- Artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:
“Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas. Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
En cualquier caso, cada comunidad autónoma y/o ayuntamiento tienen sus propias regulaciones de ruidos, en las que establecen unos horarios en los que está permitido el ruido.
Pasos para denunciar a vecinos ruidosos
Si se dan las condiciones para denunciar a vecinos ruidosos, ya sean ruidos de locales comerciales o de vecinos colindantes, hay que seguir los siguientes pasos:
- Realizar un requerimiento previo por el Presidente de la Comunidad, a iniciativa del propietario o propietarios que se hayan quejado por los ruidos molestos de un vecino concreto. En este requerimiento hay que informar de que en caso de poner solución, se podrán ejercitar acciones legales.
- En caso de una vivienda de alquiler, se recomienda que el requerimiento vaya dirigido tanto al propietario como al arrendatario. Asimismo, el requerimiento debe ser fehaciente, y por tanto debe entregarse vía burofax o acta notarial, con acuse de recibo y certificación de texto o telegrama.
- Convocar una junta de propietarios, e incluir en el orden del día la aprobación del acuerdo para tomar acciones legales.
- El procedimiento judicial se regulará a través del juicio ordinario.
- Solicitud de la demanda por parte de la comunidad de propietarios:
- Medidas cautelares, como el cese de la actividad o la suspensión del contrato de arrendamiento.
- Cesación definitiva del hecho que origine el ruido.
- Indemnización por daños y perjuicios, además de la extinción de los derechos de arrendamiento y lanzamiento del local.
- El ejercicio de esta acción no se encuentra sujeto a plazos.
También es importante destacar que para denunciar a vecinos ruidosos, debe haber pruebas que acrediten dichos ruidos, las cuales se llevarán a cabo por dos posibles vías:
- Presentar una denuncia en el ayuntamiento:
La primera opción sería interponer una denuncia contra el propietario y/o el inquilino ruidoso en el ayuntamiento, solicitando que la policía acuda a la vivienda para comprobar que los decibelios son superiores a lo permitido.
Es fundamental indicar la hora y días de la semana en la que se produce el ruido, para que así la policía acuda pueda demostrarlo.
- Realizar una peritación acústica:
También está la posibilidad de realizar una peritación acústica, mediante la cual un técnico cualificado podrá demostrar que existen ruidos molestos, que por lo general será un ingeniero, un arquitecto o un aparejador especializado.
Si tienes vecinos ruidosos, estas son las soluciones disponibles para devolver la tranquilidad a tu hogar.